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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 478
JUNTAS, CONVENIOS VALIDOS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 478
Si en el acto de ratificar un convenio ante una Junta, el patrono hace entrega de la cantidad estipulada y queda reinstalado en el trabajo el obrero, prometiendo este presentarse a desempeñar el mismo trabajo que hacia antes de presentar su demanda, así como en el mismo departamento y a la hora que se le indicó, pero si por razón de organización del trabajo en la factoría, se opera un cambio de turnos, esto no implica falta de cumplimiento del mismo convenio, sobre todo si se tiene en cuenta que el propio patrono compareció posteriormente ante el Tribunal del trabajo y manifestó que por la modificación aludida podía el obrero volver a prestar sus servicios a las horas en que lo había hecho anteriormente y si, por otra parte, los preceptos de la Ley de Amparo que se estiman violados no tienen aplicación al caso y tales preceptos no fueron violados por el Juez de Distrito correspondiente, procede confirmar el fallo de dicho Juez otorgando la protección constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1497/38. García Luna José. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.