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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 675
MULTA IMPROCEDENTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 675
Si un Juez de Distrito impone una multa al apoderado del quejoso, aduciendo como consecuencia de las razones que expuso dicho Juez para sobreseer, por los que se estaba en el caso de aplicar el artículo 81 de la Ley de Amparo, si es procedente revocar el sobreseimiento dictado por el expresado Juez procede también revocar la imposición de la multa de referencia, ya que no existe causa para el pago de ella.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3901/38. Juárez Marcelina. 14 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.