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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 679
MULTAS EN MATERIA DE COMPETENCIAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 679
Si un Juez de Distrito impone a una persona determinada cantidad como multa, y al pedir la revisión de tal acto, el recurrente sólo alega que al promover una competencia, no obró con mala fe ni con dolo, esto es inconducente para obtener la revocación solicitada, si el Juez no atribuyó dolo o mala fe al quejoso, sino que se apoyó en lo dispuesto por el artículo 437 de la Ley Federal del Trabajo, en virtud de haber abandonado el propio quejoso uno de los medios para reclamar la competencia y haber intentado otro por lo cual incurrió en manifiesta temeridad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8066/37. Braun Enrique. 14 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.