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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 679
JUNTAS, COMPETENCIAS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 679
Si en un juicio arbitral se promueve la excepción de incompetencia por declinatoria, debe esperarse a que se dicte la resolución que sea procedente, en los términos de la ley, pues conforme al artículo 431 de la Ley Federal del Trabajo, no puede abandonarse uno de los medios de promover la incompetencia para intentar el otro, ni tampoco pueden promoverse tales medios, simultánea o sucesivamente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8066/37. Braun Enrique. 14 de octubre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.