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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1743
JUNTAS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES POR ESCRITO ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1743
Las declaraciones escritas de personas extrañas al juicio, deben equiparse a la prueba testimonial, y, consecuentemente, recibieron en la forma establecida por la ley, en relación con dicha prueba o sea, dando oportunidad a la parte contraria para que repregunte a los testigos y haciendo que éstos ratifiquen sus firmas y el contenido de sus declaraciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4486/38. Espinoza Carmen. 10 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos Relator: Alfredo Iñárritu.