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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2058
SINDICATOS, PERSONALIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2058
Si bien es cierto que la Cuarta Sala de la Suprema Corte ha sostenido en diversas ejecutorias, que las agrupaciones de trabajadores existen de hecho, también lo es que su existencia debe estar regulada y ajustada a las prevenciones de la ley, por lo que si no se han llenado los requisitos que la misma establece, para obtener el registro, en tanto que este no se obtenga, carecen de personalidad jurídica.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3517/38. Compañía de Productos Marinos, S. A., de "El Sauzal". 16 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.