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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 852
FERROVIARIOS, COMPUTO DEL SALARIO EN LAS HORAS EXTRAORDINARIAS TRABAJADAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 852
Si de acuerdo con el convenio habido entre una empresa ferrocarrilera y sus trabajadores, se aumentó en un tanto por ciento el salario diario, para incluir en él el correspondiente al del séptimo día, para el pago de las horas extraordinarias, debe tomarse como base el salario normal, sin el aumento del tanto por ciento dicho.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1851/38. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 26 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.