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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 978
TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 978
Si al ocurrir un accidente que ocasiona la muerte a un trabajador, se encuentra éste ejecutando actos que ninguna relación tenían con los servicios que prestaba a una negociación, sino a tercera persona, que nada tenía que hacer con la mencionada negociación, resulta ésta exenta de toda la obligación para con los deudos del expresado trabajador, ya que la muerte del mismo, no fue debida a riesgo profesional alguno.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2610/38. Quiñones viuda de Menchaca María. 29 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.