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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 984
EMBARGO DE INMUEBLES, EFECTO DEL REGISTRO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 984
Para que se lesionen los intereses jurídicos de un tercero extraño a un juicio, no es indispensable que se le prive de la posesión material de unos inmuebles, pues si no solamente se practicó un embargo de aquéllos, sino que se registró en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio respectivo, es claro que los inmuebles de referencia sufren un gravamen que no deben reportar, y al ocurrir esto, se vulneran las garantías consignadas en los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2185/38. Torres Manuel. 29 de julio de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salomón González Blanco y Xavier Icaza. La publicación no menciona el nombre del ponente.