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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1614
TRABAJADORES, HABITACIONES PARA LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1614
Si de acuerdo con el contrato de trabajo, una empresa ferrocarrilera está obligada a proporcionar a un trabajador habitación, es claro que su omisión obliga a éste a pagar renta, originándole un menoscabo en su patrimonio, y siendo un principio general de derecho, que quien está obligado a prestar un hecho y dejare de prestarlo, es responsable de los daños y perjuicios consiguientes, de donde debe concluirse que la empresa está obligada a indemnizar al trabajador de las sumas que, por concepto de renta, hubiere pagado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1929/38. Obregón Valentín. 16 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.