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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1649
LAUDOS EN CONCIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1649
No se viola el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo porque una Junta dé por justificada la tacha que se aduce en contra de un testigo, si el mismo testigo confiesa haber sido empleado al servicio de la parte demandada, y que en virtud de haber sido separado por aquella, promovió una demanda, que es lo que constituyó la tacha.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1434/38. Urzúa Juana. 17 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.