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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379944
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3051
SALARIO MENSUAL, COMPUTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3051
Cuando el salario de un trabajador no se paga por día sino por mes, no existe razón para aumentar el sueldo con el salario correspondiente al séptimo día, puesto que éste debe considerarse incluido en el sueldo mensual, ya que es la unidad mes, la que se toma en cuenta para el pago del salario y dentro de la misma queda comprendido el relativo al séptimo día.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 388/38. Compañía Terminal de Veracruz, S. A. 23 de septiembre de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Salomón González Blanco. Disidente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.