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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 379998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 592
PARTICIPACION EN LAS UTILIDADES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 592
La cantidad o el tanto por ciento que deben percibir los trabajadores, por concepto de utilidades no pueden ser señalados por las Juntas de Conciliación y Arbitraje; pero las mismas sí pueden reconocer el derecho que tiene el trabajador a participar en aquéllas y a fijar el monto de las que hubiere obtenido el patrono y sobre las cuales puede ejercerse, en su oportunidad, la acción respectiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7728/37. Sindicato de Empleados de Tampico. 19 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.