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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1794
JUNTAS, PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1794
Si una Junta cita oportunamente a unos testigos, que un patrono ofrece para que sean examinados, en un juicio arbitral, como de acuerdo con el artículo 224 de la Ley Federal del Trabajo corresponde al patrono presentar a los mencionados testigos, si no lo hace, no puede ser imputable a la Junta, el hecho de que no se examine a esos testigos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7036/37. Montel Milstein Max. 11 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.