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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1936
CERTIFICACIONES EN LOS EXPEDIENTES ARBITRALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1936
Si el secretario de un grupo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, certifica que hasta la fecha en que se notificó un laudo, no existían documentos que acreditasen que una empresa había cubierto las prestaciones que se le reclaman por un trabajador, resulta inexacto el hecho consistente en que la misma Junta hubiese desechado la comprobación relativa a que la empresa demandada hubiese efectuado voluntariamente el pago de las prestaciones que se le exigen en el juicio arbitral.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 232/38. "Super Malla", S. A. 15 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.