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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2307
SALARIOS, IMPROCEDENCIA DE LA NIVELACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2307
La circunstancia de que a determinados obreros se les retribuya con un salario mayor que a otros, en el mismo trabajo, no hace procedente la nivelación de salarios, si los primeros venían percibiendo ese salario en puestos de categoría superior y en virtud de haber sido víctimas de riesgos profesionales, se les dio un trabajo de categoría inferior, por ser el único que podían desempeñar, en atención a su estado de salud; pero sin reducirles los salarios que primitivamente percibían, precisamente para no causarles perjuicios económicos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 601/38. Aguilar Julio. 28 de junio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.