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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 668
FIADORES, DEMANDA EN CONTRA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 668
Aun cuando no se haya resuelto un amparo en cuanto al fondo, si se otorgó una contragarantía para responder de los daños y perjuicios por la ejecución del acto, puede promoverse el incidente respectivo, aunque se haya amparado por una violación de procedimiento, pues el juicio de garantías ya estaba terminado y la contragarantía que en el se otorgó, no puede surtir efectos de naturaleza alguna en un nuevo amparo que pudiera promoverse.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 595/37. Apellandiz de Aranda Virginia y coags. 21 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio M. Trigo.