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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380152
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1154
JUNTAS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA DECLARACION QUE HAGAN, ES NULO LO ACTUADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1154
Es improcedente el amparo que se pide contra una resolución dictada por una Junta Central de Conciliación y Arbitraje, declarando la nulidad de lo actuado ante una Junta Municipal, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción V del artículo 159 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6606/37. Vázquez Fidel. 3 de febrero de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfredo Iñárritu y Xavier Icaza. Relator: Alfredo Iñárritu.