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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1310
INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL Y PRESTACIONES ACCESORIAS, IMPROCEDENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1310
Si se demandan por un trabajador, la indemnización constitucional a que cree tener derecho, la asistencia médica y la ministración de medicinas, y al pronunciar la resolución respectiva, se resuelve sobre dichas prestaciones, absolviendo en cuanto a las dos últimas, sin hacer estudio especial sobre ellas, porque no constituyen sino prestaciones accesorias de la principal, o sea la indemnización, y basta que se declare improcedente la acción por lo que respecta a ésta, para que proceda absolver también, en cuanto a la asistencia médica y medicinas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6937/37. Treviño Eligio. 8 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.