Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/380170
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1344
AMPARO, DEMANDA IMPROCEDENTE DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1344
Si varios trabajadores pretenden apersonarse en un juicio de amparo ya promovido, y tratan de hacerlo suyo, es claro que no habiendo precepto legal que sancione el que una persona cualquiera haga suyo el juicio de garantías promovido por otro, ni existiendo prueba de que los promoventes fuesen precisamente algunos obreros que solicitaron el emplazamiento de una huelga, es procedente la resolución que se dicte en el sentido de que no ha lugar a acordar favorablemente lo solicitado por tales promoventes.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 582/37. Caballero Salvador y coags. 8 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.