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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2486
ENFERMEDADES PROFESIONALES, COMPROBACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2486
Si una Junta pasa por alto la circunstancia de que en el dictamen médico del perito presentado por el trabajador, se dijo que éste no estaba enfermo de silicosis, sino de tuberculosis incipiente y que, entre la fecha del primer dictamen y la de los dictámenes de la parte contraria y del perito tercero en discordia, transcurrieron cuatro años, durante los cuales pudo dicho trabajador haber adquirido al servicio de la empresa, la enfermedad que padece, según los últimos dictámenes, debe tenerse en cuenta que es a la parte demandada a la que corresponde demostrar que el repetido trabajador había adquirido dicho padecimiento al servicio de otra empresa o de otro patrono.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8434/37. Negociación Minera "San Rafael y Anexas", S.A. 10 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.