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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380230
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2609
ESCUELAS "ARTICULO 123" FACULTAD ECONOMICO COACTIVA PARA COBRAR EL SUELDO DE LOS PROFESORES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2609
Si se reclama una cantidad que proviene de la prestación de servicios profesionales en una escuela tipo "Artículo 123" no es aplicable para su cobro el procedimiento económico coactivo, si en la época en que tuvieron origen los adeudos, los sueldo de los maestros de esas escuelas no tenían el carácter de impuestos y aun cuando en la actualidad sí lo tengan, según decreto publicado en el Diario Oficial, ese decreto no puede aplicarse al adeudo de que se trata, porque su aplicación sería retroactiva, y por tanto, constituiría una violación del artículo 14 de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4048/37. Compañía Explotadora de Fábricas Textiles, S. A. 12 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.