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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 521
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 521
Si aparece que una Junta no solamente no concedió valor a un documento presentado por un trabajador, con su demanda, para probar sus pretensiones, sino que precisamente, tal documento fue tomado en cuenta para absolver a la parte demandada, de la reclamación consistente en el pago de la indemnización constitucional por despido injustificado, resulta que no es exacto el agravio que se hace consistir en que la Junta tuvo en cuenta ese documento, si estimar que el mismo trabajador dio motivo para que se realizaran los hechos que constan en tal documento.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2722/37. Unión de Tocineros, Tablajeros e Introductores en Querétaro. 14 de octubre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.