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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380340
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1031
JUNTAS, PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1031
Si los testigos presentados por el patrono declararon que les constaba que el obrero se apropiaba el dinero que recibía por la venta de las mercancías, el trabajador no tachó a esos testigos y consta que los representantes del capital y del gobierno estimaron que con las declaraciones de esos testigos quedaron comprobados los hechos a que los mismos se contrajeron, y el representante obrero sostuvo que no debía darse valor a esas declaraciones, porque era de suponerse que los testigos fueron sobornados; pero en autos no hay prueba alguna que justifique lo manifestado por dicho representante obrero, y no obstante la junta condena al patrono, hace una indebida apreciación de la prueba testimonial, y con ello viola las garantías individuales del patrono.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2750/37. Vázquez Eulalio. 26 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.