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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1254
PRUEBAS EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1254
Si un Juez de Distrito de valor probatorio a unos documentos suscritos por unos profesores rurales y que fueron hechos sin intervención del inspector de la zona escolar respectiva, y no admite el censo presentado, aunque reúnen todos los requisitos legales, porque el censo se refiere a la totalidad de una finca rústica, y en el censo se trata de una fracción de dicha finca, y los documentos aludidos se refieren precisamente a esas dos fracciones, siendo además, esos documentos, de fecha posterior a la del censo, de ninguna manera puede decirse que se hayan infringido los artículos 76 y 77 de la Ley de Amparo, en relación con los 258 y 332 del Código de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1701/37. Castillo Nájera Guillermo. 30 de octubre de l937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Alfredo Inárritu y Alberto González Blanco. La publicación no menciona el nombre del ponente.