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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1391
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1391
Las Juntas de Conciliación están facultadas, por el artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo, para admitir las pruebas que estimen pertinentes y para desechar las que consideren improcedentes o inútiles.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5165/37. Gleaves Guillermo H. 4 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.