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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380385
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1468
JUNTAS MUNICIPALES, RECURSOS CONTRA SUS RESOLUCIONES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1468
Si se deja sin defensa a un patrono, por no habérsele emplazado debidamente por una Junta Municipal y no haber, por tanto, podido intervenir en el procedimiento respectivo, es claro que la opinión dictada por la mencionada Junta, no pudo ser recurrida en tiempo oportuno y por tal razón es de suponerse que el procedimiento que se sigue es el de ejecución de la misma que tiene ya el carácter de laudo o resolución definitiva, precisamente por no haber sido recurrido en tiempo, y por tanto, el Juez de Distrito no obra correctamente, si desecha la demanda de amparo que ante él se interponga.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 5262/73. Cañedo Roberto A. 5 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Octavio M. Trigo.