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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1939
HUELGA, LICITUD Y JUSTIFICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1939
No debe confundirse la licitud o existencia legal del estado de huelga, con su justificación o injustificación, considerando que por el hecho de haberse declarado aquélla lícita, deban imputarse sus motivos al patrono, pues la calificación de un estado de huelga, no prejuzga sobre el fondo de las peticiones en que la misma se fundó.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4162/37. Sindicato de Terán de Palomeque. 16 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.