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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380451
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2144
CONTRAFIANZA EN AMPAROS DE TRABAJO, GASTOS ORIGINADOS POR LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2144
Si se interpone el recurso de queja, en contra de la resolución que pronuncie el presidente de una Junta de Conciliación y Arbitraje, en un incidente tramitado de acuerdo con el artículo 129 de la Ley de Amparo, con motivo de una solicitud presentada por un trabajador para que se condene a una compañía a reembolsarle determinada cantidad por concepto de gastos erogados en el otorgamiento de una contrafianza, en un incidente de suspensión, resulta que el caso, no está comprendido en disposición alguna del citado artículo 95 de la Ley de Amparo, debiendo, por consecuencia, promoverse el juicio de amparo respectivo, ya que de acuerdo con lo mandado por el citado artículo 129 de la Ley de Amparo, esta clase de resoluciones sólo deben recurrirse en un juicio de amparo y, por consiguiente, debe declararse improcedente la queja a que se ha hecho referencia.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 471/37. American Smelting and Refining Company. 19 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.