Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/380464
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380464
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2358
SINDICATOS, CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2358
Si los estatutos de un sindicato, no expresan los motivos, que deben fundar la expulsión de sus agremiados, sino sólo que aquélla podrá decretarse por la aprobación de un determinado número de votos ni dichos estatutos se hallan de acuerdo con lo preceptuado por las fracciones I a XI del artículo 242 de la Ley del Trabajo, la cancelación de su registro es legal y por ende, no viola las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4725/37. Sindicato de Empleados y Obreros "El Progreso". 29 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.