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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2364
QUIEBRAS, PREFERENCIA DE LOS CREDITOS DE TRABAJO EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2364
La circunstancia de que una ley civil establezca que tienen preferencia en el concurso, los gastos judiciales, no implica que, en relación con dichos créditos no sean preferentes los de los trabajadores, atenta la prevención del artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo sobre que los trabajadores no necesitan entrar a concurso, quiebra o sucesión, para que les sean pagados los créditos que tengan por salarios o sueldos devengados en el último año o por indemnización.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1682/37. Espejo Santiago. 29 de noviembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.