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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380488
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2550
TRABAJO, HORAS DE, Y DESCANSOS LEGALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2550
Si está acreditado que un trabajador había desempeñado labores durante los domingos, días festivos y días de vacaciones, según declaración de varios testigos, la Junta respectiva está obligada a tomar en cuenta lo expresamente dispuesto por el artículo 82 de la Ley Federal del Trabajo, y a declarar procedente la acción que por tal concepto instaure el trabajador.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5209/37. Ponce Antonio. 1o. de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.