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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2609
AGRAVIOS EN LA REVISION DEL AUTO DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2609
Si bien la Ley de Amparo no exige terminantemente la expresión de agravios cuando se interpone la revisión contra el auto que conceda o niegue la suspensión, es racional y jurídico entender que el recurso debe concretarse a la parte de la resolución que agravia al recurrente y que debe quedar firme el acto del Juez, en los puntos en que no fue recurrido.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 5195/37. Morales Manuel. 2 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino en la discusión y votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Xavier Icaza.