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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2621
DOMESTICOS, SALARIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 2621
Si una Junta, apreciando en conciencia las pruebas rendidas en autos, establece que un trabajador es simple doméstico y que recibía además de un peso diario, habitación y alimentos, equivalentes al cincuenta por ciento del salario en efectivo, es indudable que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 131 de la Ley Federal del Trabajo, el trabajador no tenía derecho a percibir diferencias de salario, si el mínimo establecido por la ley, en la región en que el trabajador prestaba sus servicios, era de uno cincuenta al día.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5166/37. Treviño Fructuoso. 3 de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.