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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 3535
EMPLEADOS, CESE DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 3535
Si los emolumentos de los servidores públicos son a compensación de sus servicios, y dejan de prestarlos por haber sido cesados en su empleo, no tienen derecho a sueldos que no se causaron en la época de la cesación y la de la restitución del cargo, por lo que, el amparo que se conceda no puede tener el efecto de que se paguen los emolumentos correspondientes al mencionado periodo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4901/37. López G. José. 12 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Truchuelo.