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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380550
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 235
TRABAJO, PRUEBAS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 235
Si un laudo, en que se absuelve al patrono de las prestaciones que se le reclaman, está apoyado en el dicho de un testigo presentado por el propio patrono y que afirma que el obrero no trabajó en horas extraordinarias, testigo que solamente es tachado por su parentesco con el patrono, esto no es obstáculo para que la Junta respectiva pueda estimar su testimonio en conciencia, y correspondiendo al trabajador demostrar la prestación que exige, si presenta tres testigos, a los que la Junta no les concede valor probatorio en virtud de la imprecisión con que declararon, resulta que no habiéndose comprobado violación alguna, es improcedente el amparo que solicite el trabajador en contra del laudo que pronuncie una Junta, en el que se absuelve al mencionado patrono de la reclamación que, por los conceptos antes expresados, se le demanda.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1250/37. Gómez Manuel. 6 de julio de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.