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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 412
LAUDOS EN CONCIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 412
Si el certificado médico, relativo a la autopsia del cadáver de un trabajador, se dice que el fallecimiento tuvo por causa una bronconeumonía tuberculosa, y en otro certificado se afirma que tal padecimiento se desarrolló en un terreno sílico-tuberculoso, y ante la Junta se demuestra que el trabajador fallecido prestó servicios a la compañía demandada durante mil setecientos treinta y cuatro días, es lógico concluir que durante ese tiempo, el trabajador aspiró partículas de sílice que produjeron la enfermedad, y que ésta tuvo el carácter de profesional.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 206/37. Compañía Minera "Dos Carlos", S. A. 9 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Alfredo Iñárritu.