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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2146
JUNTAS, AUDIENCIA DE PRUEBAS, ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2146
Si un trabajador no concurre a la audiencia de pruebas y alegatos, no obstante haber quedado notificado debidamente del auto en que señaló el día y hora para la mencionada diligencia, y el patrono se desiste de la prueba de la confesión que ofreció, única de la que no había quedado notificado el mismo trabajador, ninguna violación se comete si se lleva a cabo la mencionado audiencia, y si la Junta se niega a señalar nuevos día y hora para la audiencia, no puede inferirse de ello que se haya dejado al trabajador sin defensa, ya que, aun suponiendo que por causa de enfermedad no hubiese podido asistir, si tenía apoderado, éste podía haber concurrido, y, por consiguiente, ninguna garantía individual ha sido violada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3211/37. Olguín José H. 24 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.