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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2150
TRABAJOS, CAUSAS DE TERMINACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2150
Conforme el artículo 126, párrafo penúltimo de la Ley Federal del Trabajo, en el caso de la fracción IX del mismo artículo, debe indemnizarse al trabajador con un mes de salario, debiendo ser entregada tal indemnización a los familiares del propio trabajador; por tanto, si a una persona de la familia de éste, se le entrega una cantidad equivalente a seis meses de salarios, no hay motivo para que se alegue violación alguna de garantías individuales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3084/37. Moreno Adolfo. 24 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.