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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2553
AGENTES DE VENTAS, CARACTER DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2553
Los agentes de ventas o los destinados al cobro de cuentas, son verdaderos trabajadores, ya que para la existencia del contrato de trabajo, no es obstáculo que el obrero preste sus servicios, al mismo tiempo, a diferentes patronos, o que, independientemente del contrato de trabajo que con algún patrono hubiese celebrado, se dedique a otra actividad, pues basta para la existencia del contrato que se reúnan los requisitos señalados en el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3333/37. Moreno Prudencio. 2 de septiembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.