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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3128
QUEJA INFUNDADA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3128
Aun cuando la falta de informe de la autoridad señalada como responsable, haga presumir como cierta la existencia de los hechos, esto no quiere decir que sean exactas las violaciones que se alegan, y si no existe en autos copia de la resolución que se reclama, no es posible considerar legalmente fundada la queja.
Precedentes
Queja en materia de trabajo 68/36. Solís viuda de Millet Ofelia. 23 de septiembre de 1937. Mayoría de cuatro votos. Relator (disidente): Xavier Icaza.