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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3325
DEMANDAS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3325
Aun cuando en un juicio arbitral se tenga probada la existencia del vínculo contractual entre las partes, ello no trae como consecuencia que se tengan por ciertos los demás hechos que se aleguen en la demanda, y se condene, en consecuencia, al pago de todas las prestaciones reclamadas, ya que, si se han negado también esos otros hechos, es necesario que se demuestre la existencia de los mismos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1881/37. Escalante Agustín. 29 de septiembre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente y relator: Xavier Icaza.