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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380786
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3342
CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3342
Si en el contrato de trabajo colectivo existe cláusula de exclusión, de acuerdo con el artículo 236 de la Ley Federal del Trabajo, es procedente la separación del trabajo, de los obreros que hubieren renunciado al sindicato titular del contrato, sin que pueda estimarse como derogación del derecho que la cláusula de exclusión concede al sindicato titular, la circunstancia de que los obreros disidentes hubieran formado uno o varios sindicatos, pues la ley no establece como causa de excepción del caso previsto por el citado precepto de la ley, la circunstancia mencionada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7238/36. Ramos Amador y coagraviados. 29 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.