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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3231
TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR MUERTE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3231
Si de las pruebas rendidas en un juicio arbitral se desprende que la muerte de un trabajador se debió a cuestiones particulares, extrañas en lo absoluto al servicio que prestaba, corresponde al sindicato que reclame la indemnización correspondiente, a nombre de su agremiado, demostrar que con la totalidad de las pruebas aportadas, no se comprobó tal hecho, y si no lo hace, es improcedente la demanda que por tal concepto formule el expresado sindicato.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3479/37. Solano Z. Luis. 28 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.