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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 315
INSPECCION DE LIBROS, PRUEBAS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 315
Si se alega que una Junta ha infringido el artículo 44 del Código de Comercio, al ordenar una inspección general de los libros de una negociación, tal alegación no es de admitirse si consta que la inspección fue solicitada limitándola exclusivamente a efecto de que se comprobara cuales casas eran de la propiedad de la mencionada negociación, y en ese sentido la Junta acordó se llevara a cabo la compulsa, "es decir, que esta se efectuaría en los términos en que fue solicitada", por lo que no habiéndose infringido el precepto legal indicado, ninguna garantía constitucional se ha violado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 680/37. "Rodríguez Hermanos". 9 de abril de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.