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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380807
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 386
SALARIOS, PAGOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 386
Si un trabajador demanda a una empresa a efecto de que le sea asignado el salario que le corresponde, atenta la categoría del puesto que ocupa, así como para que se le pague la diferencia de salarios respectiva, en consideración a estar recibiendo un salario menor del que debía disfrutar, de acuerdo con diversas ejecutorias pronunciadas por la Cuarta Sala de la Suprema Corte, corresponde a la demandada comprobar que los trabajos prestados por el obrero, son distintos de los prestados por aquellos que devengan mayor salario, porque indiscutiblemente el patronato está en condiciones de poder justificar tal hecho, por tener todos los elementos necesarios para ello, y si la Junta así lo estima al pronunciar su laudo, no viola garantía alguna, tanto más, si la parte demandada, en defensa de sus intereses, dice en la audiencia respectiva que los servicios a que se ha hecho referencia, eran distintos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 412/37. Negociación Minera de San Rafael y Anexas, S. A. 10 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salomón González Blanco.