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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1490
TRABAJO PARA OBRA DETERMINADA, TERMINACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1490
Si una empresa que es demandada por despido injustificado de un trabajador, se excepciona diciendo que el despido se llevó a cabo con la terminación de los trabajos para los que aquél fue contratado, y de acuerdo con la fracción IV del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, y el trabajador replica que subsistía aún la obra materia del contrato; pero si se relaciona su confesión en la que dijo textualmente que es cierto que trabajó el obrero con la compañía demandada, en determinada obra, hasta el día de su separación, y con un oficio que el ejecutor gira a la Junta, transcribiéndole una constancia de un inspector judicial de las obras relacionadas, en el que se asegura que dos días antes de que se efectuara la separación, no se verificaron más trabajos, debe concluirse que la empresa demostró la excepción que opuso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1541/37. Compañía Constructora de Obras Municipales, S. A. 6 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.