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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1596
ESCUELAS RURALES, PRUEBA DOCUMENTAL BASTANTE RESPECTO DE LA DISTANCIA ENTRE LA FINCA Y UN CENTRO POBLADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1596
Si el propietario de una finca rústica, para justificar que ésta se encuentra a una distancia menor de tres kilómetros de una población, presenta dos certificados expedidos, respectivamente por el presidente municipal y por un recaudador de rentas de la misma población, tales certificados hacen prueba plena en los términos de los artículos 158, fracción II y 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por tratarse de documentos expedidos por funcionarios públicos, en ejercicio de sus funciones y que están facultados para extender certificaciones acerca de la ubicación de los inmuebles situados en la jurisdicción del propio lugar.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4977/36. Urrutia Escurra Martín. 7 de mayo de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Alfredo Iñárritu.