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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380894
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1795
SALARIOS NIVELACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1795
La obligación de una empresa para pagar salario igual a los trabajadores que desempeñan trabajo igual, nace desde la fecha en que tales trabajos se comienzan a desempeñar y no a partir de aquella en que se pronuncie resolución sobre la demanda de los obreros, para hacer efectivos sus derechos, ya que no es esta resolución la que viene a establecer un derecho en favor de los mismos, puesto que este existe y favorece a los trabajadores, desde el momento en que desempeñaban sus jornadas de trabajo, en igualdad de condiciones con los que ganan más salarios, derecho que el laudo de los tribunales de trabajo sólo viene a reconocer.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1738/37. Compañía de Tranvías de México,
S. A. 14 de mayo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Xavier Icaza. Relator: Octavio M. Trigo.