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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 380903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1905
EMPLEADOS DE CONFIANZA, CUALES NO LO SON.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1905
Si una empresa, para justificar los cambios que ha hecho en el personal de sus trabajadores, se funda en lo preceptuado en un artículo del contrato colectivo de trabajo, excepcionándose en cuanto al nombramiento de uno de los mencionados empleados, en que tenía derecho de hacerlo libremente por tratarse de un puesto de confianza; pero el jefe del departamento respectivo, al mismo tiempo que considera de confianza tal empleo, admite que en ese departamento se desempeñan trabajos generales de oficina, y se distribuye el trabajo entre los distintos empleados del propio departamento, siendo dicho jefe o el gerente general quienes firman la correspondencia según la importancia del asunto, resulta que el empleo en disputa, no comporta responsabilidad alguna ni labores propiamente de dirección, que demuestren la necesidad de que sea estimado tal empleo de confianza, por lo que no es de admitirse la excepción alegada por la empresa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 511/37. Alianza de Obreros y Empleados de la Compañía de Tranvías de México, S. A. 4 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.